Dietoterápicos y nutrición enteral domiciliaria: ¿en qué se diferencian?

Los tratamientos dietoterápicos y la nutrición enteral domiciliaria forman parte de la prestación con productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud, pero no están destinados a las mismas situaciones.

Ambos responden a necesidades nutricionales especiales y requieren indicación sanitaria. Sin embargo, se diferencian principalmente en a quién van dirigidos, cuál es su objetivo y cómo se administran.

Conocer estas diferencias es importante también desde la farmacia, donde pueden dispensarse determinados productos incluidos en esta prestación.

¿Qué son los productos dietéticos para usos médicos especiales?

Hay situaciones en las que una alimentación convencional no permite cubrir correctamente las necesidades nutricionales de una persona.

En estos casos pueden utilizarse productos formulados específicamente para responder a determinadas necesidades médicas.

Dentro de la prestación con productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud se incluyen dos grandes grupos:

  • Tratamientos dietoterápicos.
  • Nutrición enteral domiciliaria.

Aunque ambos están relacionados con la nutrición clínica, no deben confundirse.

¿Qué son los tratamientos dietoterápicos?

Los tratamientos dietoterápicos utilizan productos destinados a personas con determinados trastornos metabólicos congénitos.

Según la normativa que regula la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, están dirigidos específicamente a alteraciones del metabolismo de:

  • Hidratos de carbono.
  • Aminoácidos.
  • Lípidos.

En estas enfermedades, el organismo no puede metabolizar correctamente determinados nutrientes.

Por ello, la alimentación debe adaptarse de manera muy específica para evitar complicaciones y garantizar un aporte nutricional adecuado.

Puedes consultar la definición y los criterios vigentes en el Real Decreto 1030/2006 sobre la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

¿Qué es la nutrición enteral domiciliaria?

La nutrición enteral domiciliaria (NED) tiene un objetivo diferente.

Se utiliza en personas que están siendo atendidas en su domicilio y que, debido a su situación clínica, no pueden cubrir sus necesidades nutricionales mediante alimentos de consumo ordinario.

Las fórmulas enterales aportan una combinación definida de macro y micronutrientes y, con carácter general, son nutricionalmente completas.

Su administración se realiza por vía digestiva y habitualmente puede utilizarse una sonda nasoentérica o una ostomía.

No obstante, la normativa contempla también determinadas situaciones excepcionales en las que puede utilizarse nutrición enteral sin sonda.

Dietoterápicos y nutrición enteral: principal diferencia

La diferencia fundamental está en el motivo por el que la persona necesita una alimentación especial.

Tratamientos dietoterápicos

Están destinados a determinados trastornos metabólicos congénitos.

En estos casos, el problema se encuentra en la forma en la que el organismo procesa determinados nutrientes.

Nutrición enteral domiciliaria

Está dirigida a personas que no pueden cubrir adecuadamente sus necesidades nutricionales con una alimentación convencional debido a problemas relacionados con la deglución, el tránsito, la digestión, la absorción o determinados requerimientos nutricionales especiales.

Por tanto, aunque ambos forman parte de la misma prestación sanitaria, responden a situaciones clínicas diferentes.

¿Cuándo puede estar indicada la nutrición enteral domiciliaria?

La nutrición enteral domiciliaria puede utilizarse en distintas situaciones clínicas siempre que se cumplan los criterios establecidos.

Entre ellas se encuentran alteraciones que dificultan la alimentación normal, como determinados problemas de deglución o del tránsito digestivo.

También puede contemplarse cuando existen alteraciones importantes de la digestión o absorción, o cuando la situación clínica genera unas necesidades de energía o nutrientes que no pueden cubrirse mediante alimentos convencionales.

El objetivo es evitar o corregir la desnutrición y mantener un estado nutricional adecuado.

¿Quién indica estos tratamientos?

Tanto los dietoterápicos como la nutrición enteral domiciliaria requieren indicación sanitaria especializada.

La normativa establece diferencias:

Tratamientos dietoterápicos: deben ser indicados por médicos especialistas de unidades hospitalarias autorizadas específicamente para ello por los servicios de salud.

Nutrición enteral domiciliaria: debe ser indicada por especialistas adscritos a las unidades de nutrición hospitalarias o por los profesionales que determinen los servicios de salud de cada comunidad autónoma.

Por tanto, no estamos ante productos destinados a utilizarse simplemente por iniciativa propia.

¿Los dietoterápicos y la nutrición enteral están financiados?

Los tratamientos con productos dietéticos pueden formar parte de la financiación del Sistema Nacional de Salud cuando se cumplen los requisitos establecidos.

Entre ellos:

  • Que las necesidades nutricionales no puedan cubrirse con alimentos de consumo ordinario.
  • Que el tratamiento pueda aportar una mejora en la calidad de vida o en la evolución clínica.
  • Que la indicación responda a criterios sanitarios.
  • Que los beneficios sean superiores a los posibles riesgos.
  • Que exista un seguimiento periódico del tratamiento.

Además, el producto debe estar incluido dentro de la oferta de productos dietéticos financiables del SNS.

La forma concreta de acceso y dispensación puede depender del servicio de salud de cada comunidad autónoma.

¿Se dispensan siempre en farmacia?

No necesariamente.

La normativa estatal establece que el procedimiento para proporcionar los tratamientos dietoterápicos y la nutrición enteral domiciliaria será determinado por las administraciones sanitarias responsables de gestionar la prestación.

Eso significa que la forma de obtención puede variar según la comunidad autónoma.

En determinados casos pueden dispensarse a través de las oficinas de farmacia, mientras que en otros la prestación puede gestionarse mediante los propios servicios sanitarios.

Por eso, es importante evitar afirmar de forma general que todos estos productos necesitan siempre un visado y se dispensan necesariamente en farmacia.

El papel de la farmacia

Cuando estos productos se dispensan desde la oficina de farmacia, el profesional puede contribuir a que el usuario o sus cuidadores comprendan correctamente aspectos como:

  • La conservación del producto.
  • La pauta establecida.
  • La correcta preparación cuando corresponda.
  • La forma de administración.
  • La importancia de respetar la prescripción.
  • La necesidad de seguimiento.

Especialmente en nutrición enteral, es fundamental evitar cambios en la fórmula, la cantidad o la forma de administración sin la indicación del equipo sanitario responsable.

¿Es lo mismo nutrición enteral que suplementación nutricional?

No.

Esta es otra distinción importante.

Un complemento alimenticio o un producto utilizado como suplementación nutricional de forma general no equivale a una fórmula de nutrición enteral prescrita dentro de la prestación del SNS.

Los productos utilizados en nutrición clínica responden a unas indicaciones y necesidades concretas.

Por eso, desde la farmacia es importante diferenciar entre:

  • Alimentación convencional.
  • Complementos alimenticios.
  • Productos para usos médicos especiales.
  • Tratamientos dietoterápicos.
  • Nutrición enteral.

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Dietoterápicos y nutrición enteral domiciliaria: resumen

Aunque ambos forman parte de la prestación con productos dietéticos, dietoterápicos y nutrición enteral domiciliaria no son lo mismo.

Los tratamientos dietoterápicos están destinados a determinados trastornos metabólicos congénitos.

La nutrición enteral domiciliaria, en cambio, busca mantener un estado nutricional adecuado en personas que, debido a su situación clínica, no pueden cubrir sus necesidades con alimentos convencionales.

Conocer esta diferencia permite entender mejor qué tipo de producto estamos dispensando, para qué se utiliza y qué papel puede desempeñar la farmacia en su correcto uso.